Un tribunal turco comenzará el juicio el próximo mes contra 19 hombres acusados de abusar sexualmente de dos hermanas durante dos años, un crimen que ha conmocionado al país y ha despertado la atención de todos los medios de comunicación turcos.
La acusación pide que los presuntos autores de los abusos sexuales sean sentenciados a penas de prisión de entre 3 y 15 años por los hechos que se produjeron en la localidad de Siirt, situda en el extremo sureste de Turquía.
El juicio se iniciará el próximo 2 de junio y se celebrará a puerta cerrada, tal y como estipula la ley turca dado que las víctimas son menores de edad. De hecho las autoridades turcas han impuesto cierta censura a los medios de comunicación sobre el caso, impidiéndoles publicar detalles de las identidades de las menores que han sido objeto de los abusos así como de los presuntos autores del crímen. Algunos periódicos han especulado con la posibilidad de que entre los acusados pueda haber algún funcionario estatal o incluso destacadas figuras de la ciudad de Siirt, capital de una de las provincias más pobres del país.
El caso llegó a oídos de la policía el año pasado, después de que una de las víctimas se atreviese a presentar una denuncia de lo que estaba sucediendo; a partir de entonces ambas menores fueron puestas bajo protección del estado, y trasladadas a otra ciudad.
Sin embargo, el escándalo sólo se conoció el pasado mes de abril, haciendo que además de crear una gran conmoción en un país donde los niños son casi objeto de culto muchos se preguntaran si las autoridades locales habían estado tratando de encubrir el caso, algo que desde el gobierno de Siirt se niega.
El parlamento turco aprobó en 2004 una revisión del Código Penal Turco (TCK) que incrementaba la protección de las mujeres y los niños. Sin embargo un informe de dos parlamentarias del partido gobernante AKP publicado el mes pasado aseguraba que la legislación turca seguía teniendo puntos flacos en casos de abuso de niños e incesto. El documento fijaba especialmente la atención en un artículo que estipula un incremento de las penas de prisión para los culpables de abusos a menores sólo si se considera que las víctimas han sufrido daños físicos y psicológicos.
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